SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0136/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0136/2011-R

Fecha: 21-Feb-2011

su potestad no es ilimitada, pues tiene el deber de aplicar en todo momento los procedimientos conforme a derecho, debiendo realizar sus acciones dentro de los límites y conforme a los procedimientos, actuaciones que deben estar orientadas, en todo momento, al respeto de los derechos y garantías fundamentales.

La conducta del codemandado Rolando Rodríguez, desconoció que la facultad otorgada para disponer sanciones por supuestas faltas y contravenciones se encuentra condicionada a que exista orden escrita, que se trate de supuestos de flagrancia y que además sea evidente la alteración del orden público, o que la medida sea adoptada a fin de prevenir mayores consecuencias, últimos supuestos que no se evidencian en el caso que se examina, dado que si bien la Policía tiene la atribución de mantener el orden público su potestad no es ilimitada, pues tiene el deber de aplicar en todo momento los procedimientos conforme a derecho, debiendo realizar sus acciones dentro de los límites y conforme a los procedimientos, actuaciones que deben estar orientadas, en todo momento, al respeto de los derechos y garantías fundamentales.