SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0136/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0136/2011-R

Fecha: 21-Feb-2011

Su función preventiva busca evitar el desorden o que éste se agrave cuando ya se cometió la infracción,

Ahora bien, cuando la Policía Nacional no actúa como órgano colaborador de la jurisdicción penal -Policía Judicial- su finalidad es la conservación o mantenimiento del orden público, orientando su actividad a la eliminación de las perturbaciones de la tranquilidad y seguridad públicas. Su función preventiva busca evitar el desorden o que éste se agrave cuando ya se cometió la infracción, cumpliendo lo que la doctrina denomina  funciones específicas de Policía administrativa -seguridad, salubridad, tránsito, en cuya labor se le puede asignar facultades sancionatorias respecto a ciertas conductas que alteren ese orden público, entre las que se encuentran las limitativas de la libertad a través del arresto policial por faltas y contravenciones o infracciones de tránsito.