SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0378/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0378/2011-R

Fecha: 07-Abr-2011

i)

Julia Parra, Jueza Segunda de Instrucción en suplencia legal del Juzgado Octavo de Instrucción en lo Penal, en audiencia indicó: i) Conoció la causa en suplencia legal de la Jueza Octava de Instrucción en lo Penal; ii) Debido a que el recurso de apelación, se formuló por dos imputados y habiéndose suscitado el retiro del mismo por parte de uno de ellos, no se pudo remitir el recurso según manda los arts. 251 y 403 del CPP, para que las partes se pronuncien y se envíe a la Corte Superior del Distrito, en el plazo de veinticuatro horas; iii) La unidad de actos procesales no permitió ejercer el control previsto en el art. 54.1 de la indicada norma legal, en resguardo del derecho a la igualdad de las partes para responder el recurso de apelación; y, iv) No incurrió en vulneración del derecho a la libertad del accionante; tampoco, vulneró los preceptos relativos al trámite del recurso de apelación y todas sus solicitudes fueron providenciadas.