SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0445/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0445/2011-R

Fecha: 18-Abr-2011

cuando acredita la existencia de la denuncia respectiva realizada por persona distinta al representado del accionante

De igual manera, no es evidente la afirmación del accionante en sentido que habiendo sido extinguida la Superintendencia de Empresas y por el período de transición en que se encuentra, no podía acudir a esta vía, puesto que los actos ocurridos en las juntas generales y denunciados de ilegales no quedaron en incertidumbre y sin que puedan ser sometidos a control, puesto que los Decretos Supremos referidos a la extinción y transición de la Superintendencia de Empresas prevenía este tipo de situaciones, tal es así que los hechos denunciados en la presente acción fueron puestos en su conocimiento como se tiene acreditado en el numeral 4 de la conclusiones de la presente Sentencia, cuando acredita la existencia de la denuncia respectiva realizada por persona distinta al representado del accionante, en la que se da cuenta que se encontraría con plazo suspendido en virtud a la RA INT/SEMP 15/2009, señalando además que: “…este asunto será probablemente tratado en adelante por responsables de la nueva AUTORIDAD DE FISCALIZACION Y CONTROL SOCIAL DE EMPRESA” (sic).