SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0445/2011-R
Fecha: 18-Abr-2011
II.4.
II.4. Por oficio DESP/SEMP 438/2009 de 27 de abril, emitido por Bernardo Corro Barrientos, Superintendente de Empresas a.i., en la que da cuenta de la emisión del Decreto Supremo (DS) 29894 de 7 de febrero de 2009, que determinó la extinción de la SEMP, por lo que esta entidad emitió la Resolución Administrativa (RA) INT/SEMP 15/2009, fecha relativa a la suspensión de plazos ordinarios y extraordinarios de procesos administrativos emergentes de solicitudes efectuadas por los administrados y otros procesos administrativos, además realiza un resumen de una serie de denuncias y solicitudes presentadas por accionistas a dicha instancia entre las que se encuentra el tema objeto de la presente acción, trámite a denuncia de Javier Clemente Mamani Quispe, en representación de Tiburcio Mamani Apaza, mismo que se encontraría con plazo suspendido en virtud a la RA INT/SEMP 15/2009, señalando además que “este asunto será probablemente tratado en adelante por responsables de la nueva AUTORIDAD DE FISCALIZACION Y CONTROL SOCIAL DE EMPRESA” (sic) (fs. 122 a 123).
- acción
- I.1.1. Hechos que motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concede
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- falseando la verdad de lo sucedido en la junta general ordinaria de 26 de febrero de 2009, procedieron a registrar (con respaldo en un acta falsa) en FUNDEMPRESA la “supuesta ratificación” de la Directiva de la EMPRELPAZ S.A.
- III.1.
- debe haber utilizado hasta agotar todos los medios y recursos legales idóneos para la tutela de sus derechos sea en la vía jurisdiccional o administrativa,
- SC 1035/2010-R de 23 de agosto,
- III.2. Análisis del caso concreto
- “(IMPUGNACION DE NULIDAD).
- acción deberá dirigirse contra la sociedad
- cuando acredita la existencia de la denuncia respectiva realizada por persona distinta al representado del accionante
- al ser hechos controvertidos no pueden ser resueltos en la vía constitucional
- amparo no puede ingresar a valorar y analizar hechos controvertidos
- REVOCAR