SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0824/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0824/2011-R

Fecha: 03-Jun-2011

I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional

Dada la carga procesal, mediante la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, se ampliaron las facultades otorgadas a este tribunal mediante la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, a objeto de conocer y resolver las acciones de defensa de derechos fundamentales presentadas a partir del 7 de febrero de 2009; es decir, bajo nuevo orden constitucional; por lo que, mediante Acuerdo Jurisdiccional 001/2011 de 11 de enero, se procedió a la reanudación del sorteo de causas.

Sorteada la causa, y siendo necesario contar con documentación adicional, en uso de la atribución conferida por el art. 45 de la LTC, Ley 1836, mediante Auto Constitucional 0061/2011-CA de 9 de mayo, se suspendió el plazo procesal entretanto sea remitida la documental solicitada;  la cual una vez recibida en este Tribunal de procedió a la reanudación del plazo, por lo que la presente Sentencia Constitucional es pronunciada dentro de plazo.