SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0824/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0824/2011-R

Fecha: 03-Jun-2011

procedente en parte”

Por lo expresado precedentemente, la situación planteada no se encuentra dentro las previsiones y alcances de la acción de libertad, por lo que el Juez de garantías, al haber declarado “procedente en parte” la tutela, en uso de terminología errada, no ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales, ni dado una correcta aplicación a esta acción tutelar, por cuanto debió denegar la tutela en todas sus partes.