SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0878/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0878/2011-R

Fecha: 06-Jun-2011

I.1.3

Solicita la procedencia del “recurso” y se ordene su inmediata libertad, al no tener participación alguna sobre supuestos delitos cometidos contra “seudos” asociados, y existiendo contratos privados de por medio, pide la declinación de competencia por razón de materia ante el juez de la causa civil, para resolver el cumplimiento o resolución de contratos, o la vía ejecutiva o coactiva de dichos documentos, de acuerdo a la cuantía y de acuerdo al art. 46 del CPP, siendo viable la declinación de competencia sea remitido al juez de la causa, tal como lo determinó el Juez Cuarto de Sentencia por Resolución de 25 de octubre de 2008, ejecutoriado contra los mismos querellantes, siendo obligaciones contractuales y por ende la usurpación de funciones art. 122 de la CPE, en aplicación del art. 30 de la LOJabrg corroborado por el art. 90 del CPC.