SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0885/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0885/2011-R

Fecha: 06-Jun-2011

d)

d) Finalmente, no puede dejarse de mencionar, que a partir de la emisión del Auto de vista impugnado, Marina Arancibia Almendras, no realizó ningún acto tendiente a modificar la fianza económica que denuncia de imposible cumplimiento, dado que desde entonces hasta el 10 de febrero de 2010, transcurrieron más de diez meses, en los cuales permaneció inerte, sin solicitar nuevamente la modificación o sustitución de la medida sustitutiva impuesta, teniendo en cuenta el carácter variable de las medidas cautelares, que puede darse en cualquier momento del proceso.