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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0952/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0952/2011-R

    Fecha: 22-Jun-2011

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    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • “procedente”
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • SC 0141/2010-R
    • SC 0011/2010-R
    • SC 0023/2010-R
    • SC 0025/2010-R
    • La facultad de valoración de la prueba corresponde privativamente a los órganos jurisdiccionales ordinarios, por ende la jurisdicción constitucional no puede ni debe pronunciarse sobre cuestiones de exclusiva competencia de los jueces y tribunales ordinarios, en consecuencia, menos aún podría revisar la valoración de la prueba que hubieran efectuado las autoridades judiciales competentes, emitiendo criterios sobre dicha valoración y pronunciándose respecto a su contenido.
    • III.3.1. Respecto a la supuesta ilegal revocatoria de las medidas sustitutivas a la detención preventiva
    • Fragmento 21
    • III.3.2. Sobre la supuesta falta de notificación a los accionantes a la audiencia de apelación de resolución de medidas cautelares
    • III.3.3.
    • REVOCAR

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