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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1267/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1267/2011-R

    Fecha: 19-Sep-2011

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    • acción de amparo constitucional,
    • I.1. Contenido de la acción
    • 1.-
    • 2.-
    • 3.-
    • a)
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.1. Debido proceso
    • III.2.2. Derecho de defensa
    • escuchado en juicio presentando las pruebas que estime convenientes en su descargo, haciendo uso efectivo de los recursos que la ley le franquea.
    • 'se debe tener claramente establecido que «la seguridad jurídica» al ser un principio, no puede ser tutelado por el recurso o acción de amparo constitucional que tiene por finalidad proteger derechos fundamentales -no principios-, reconocidos por la Constitución, las normas internacionales de derechos humanos reconocidos y/o ratificados por el país (que conforman el bloque de constitucionalidad) y las leyes;
    • III.2.4. Sobre el derecho de petición
    • III.3. De las autoridades con privilegio constitucional
    • “
    • Los juicios de responsabilidades a Altos Dignatarios de Estado, en trámite de aprobación legislativa, serán resueltos de acuerdo a los dispuesto en la Ley No. 2445,
    • III.4. Del control jurisdiccional en la investigación durante la etapa preparatoria del proceso penal
    • III.5. Análisis del caso concreto
    • III.5.1. Respecto al inicio del proceso
    • III.5.2. Respecto del control jurisdiccional
    • III.5.3. Con relación al derecho de petición
    • APROBAR

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