Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1267/2011-R
Fecha: 19-Sep-2011
II.1.
II.1. Según informe de los Ministros de la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, el 19 de diciembre de 2007, Clemente Guevara Gallardo, presentó proposición acusatoria contra Mario Cossio Cortez Prefecto del Departamento de Tarija y otros, por la presunta comisión de irregularidades cometidas en varios proyectos realizados por la indicada institución, cuyo inicio de investigación, se realizó el 4 de enero de 2008 y el 1 de septiembre de ese año, se efectuó la acumulación de la proposición acusatoria presentada por Nardi Suxo Iturry, Viceministra de Lucha contra la Corrupción, contra la misma autoridad y por los mismos hechos (fs. 69 a 70 vta.).
- acción de amparo constitucional,
- I.1. Contenido de la acción
- 1.-
- 2.-
- 3.-
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.1. Debido proceso
- III.2.2. Derecho de defensa
- escuchado en juicio presentando las pruebas que estime convenientes en su descargo, haciendo uso efectivo de los recursos que la ley le franquea.
- 'se debe tener claramente establecido que «la seguridad jurídica» al ser un principio, no puede ser tutelado por el recurso o acción de amparo constitucional que tiene por finalidad proteger derechos fundamentales -no principios-, reconocidos por la Constitución, las normas internacionales de derechos humanos reconocidos y/o ratificados por el país (que conforman el bloque de constitucionalidad) y las leyes;
- III.2.4. Sobre el derecho de petición
- III.3. De las autoridades con privilegio constitucional
- “
- Los juicios de responsabilidades a Altos Dignatarios de Estado, en trámite de aprobación legislativa, serán resueltos de acuerdo a los dispuesto en la Ley No. 2445,
- III.4. Del control jurisdiccional en la investigación durante la etapa preparatoria del proceso penal
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.5.1. Respecto al inicio del proceso
- III.5.2. Respecto del control jurisdiccional
- III.5.3. Con relación al derecho de petición
- APROBAR