SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1681/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1681/2012

Fecha: 01-Oct-2012

denegó

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Resolución 28/2012 de 18 de abril, cursante de fs. 238 a 240, denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes argumentos: i) La imputación formal puede ser revisada previo el planteamiento de medios procesales ordinarios para enervar la misma; ii) Existe la solicitud de la aplicación de una medida cautelar; al respecto, el Código de Procedimiento Penal abre a través del art. 251 la posibilidad de hacer uso del recurso de apelación incidental, aspecto que no tomó en cuenta el accionante antes de interponer la acción de libertad, iii) Sobre la falta de fundamentación de la resolución del Juez Instructor, el Tribunal recuerda al accionante la existencia del art. 125 del CPP, relativa a la aclaración, complementación y enmienda; se adecúa también a lo extrañado con relación al Tribunal de alzada que asumió conocimiento sobre la apelación referida; y, iv) El accionante no ha tomado en cuenta la jurisprudencia constitucional, pues previamente debe acudir a los medios ordinarios reconocidos por ley, lo que no se da en el presente caso.