SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2005/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2005/2012

Fecha: 12-Oct-2012

Fragmento 23

Al efecto, el Tribunal de garantías en el presente caso, denegó la tutela en aplicación del principio de subsidiariedad, debido a que el accionante no habría agotado las vías legales mediante la interposición del recurso de casación, previsto por los arts. 255 y 257 del CPC, lo cual  no es evidente, ya que por disposición de los arts. 225 inc. 5) y 518 del citado Código, en función a que las resoluciones dictadas en ejecución de sentencia pueden ser apeladas sólo en el efecto devolutivo, sin recurso ulterior; y, al existir dicha apelación cuya resolución ésta objetada, debió considerar extinguida la vía procesal ordinaria a favor del accionante resolviendo los aspectos demandados; motivo por el cual, la jurisdicción constitucional debe verificar si en dicha labor interpretativa no se han quebrantado  derechos y principios constitucionales contra la propiedad privada y el debido proceso, supuestamente lesionados.