Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2005/2012
Fecha: 12-Oct-2012
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Liquidadora Transitoria, en virtud de lo previsto en el art. 20.II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución de 16 de marzo de 2011, cursante de fs. 90 a 92, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Cochabamba; y en consecuencia, se CONCEDE la tutela solicitada, disponiendo: la revocatoria del Auto de Vista 169 de 10 de septiembre de 2010, dictado por la Sala Civil Segunda; y, manteniendo firme y subsistente, el Auto de 25 de agosto de 2008, pronunciado por el Juez Cuarto de Partido en lo Civil.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- Fragmento 7
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El derecho de propiedad
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.5.
- III.6.Jurisprudencia del Órgano Judicial
- III.7. En cuanto a la seguridad jurídica
- III.8. Análisis del caso concreto
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- REVOCAR