Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2005/2012
Fecha: 12-Oct-2012
II.1.
II.1. Cursa la Resolución de 27 de diciembre de 2001, dictada por el Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial, mediante la cual, declaró probada la demanda principal e improbadas las excepciones opuestas por el defensor de oficio, por lo que reconoce y "consolida el derecho propietario de los hermanos López - Montecinos en los dos inmuebles, motivo de la Litis (…) disponiendo la división y partición" (sic) (fs. 3 a 8 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- Fragmento 7
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El derecho de propiedad
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.5.
- III.6.Jurisprudencia del Órgano Judicial
- III.7. En cuanto a la seguridad jurídica
- III.8. Análisis del caso concreto
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- REVOCAR