SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2189/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2189/2012

Fecha: 08-Nov-2012

ii)

ii)   Sobre la excusa, se anule la excusa formulada por Betty Beatriz Yañiquez Lozano, toda vez que la misma no fue formulada de manera inmediata sino después de cuatro meses y catorce días, vulnerando el art. “118” del CPP y, en consecuencia, se anule todo lo obrado de forma posterior a dicha excusa.