SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2189/2012
Fecha: 08-Nov-2012
por cuanto la denuncia se inició el 7 de octubre de 2008
El voto fundamentado de Virginia Janeth Crespo Ibáñez, Presidenta de la Sala Penal Primera (fs. 264 a 265); que sostuvo que se incumplió lo dispuesto en el art. 111 de la LOMPabrg, por cuanto la denuncia se inició el 7 de octubre de 2008 y la última Resolución dictada data de 12 de junio de 2012, señalando más adelante que correspondía la aplicación del art. 110 de la LOMPabrg, sólo respecto a la restitución del accionante.
Según el voto dirimidor de Ángel Arias Morales, Vocal de la Sala Penal Tercera (fs. 269 y vta.), señaló que en mérito a que el derecho a una remuneración justa consagrado en el art. 46 de la CPE, del que se desprende los derechos a la vida, la salud, alimentación, el sustento de la familia, la educación, corresponde la restitución del accionante más el pago de sueldos devengados, porque cuando estaba suspendido de la carrera fiscal no percibía emolumento alguno.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- la Fiscal de Distrito de La Paz, Betty Beatriz Yañiquez Lozano -co demandada
- Fiscal de Distrito de Oruro, Gino Gonzalo Martínez Guzmán -codemandado-
- Mario Uribe Melendres, en su condición de Presidente del Tribunal Nacional de Disciplina
- Tribunal Nacional de Disciplina del Ministerio Público
- 1)
- i)
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- Betty Beatriz Yañiquez Lozano, Fiscal de Distrito de La Paz
- solicitó se declare improcedente, inadmisible y sin lugar la tutela interpuesta por el accionante
- Mario Uribe Melendres
- Ivert Orlando Rico Aguilera, Wilbur Daza Gutiérrez, Weimar Guzmán Mendoza
- denegó
- que inició el proceso disciplinario (7 de octubre de 2008)
- por cuanto la denuncia se inició el 7 de octubre de 2008
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.1.
- II.7.2.
- II.7.3.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 30
- III.1. Marco normativo aplicable al caso concreto
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1) Sobre la falta de excusa oportuna de la Jueza Sumariante, Betty Beatriz Yañiquez Lozano, Fiscal de Distrito de La Paz
- Fragmento 34
- de oficio y en su función de revisión anuló obrados, que incluía, entre otros actos procesales, la petición de extinción del accionante.
- 2)
- anuló obrados, no podía incluir a la petición de extinción planteada por el accionante, al ser una excepción de previo y especial pronunciamiento.
- Fragmento 38
- 3) Sobre los otros actos y omisiones denunciados de ilegales e indebidos
- denegar
- 1º CONFIRMAR
- 3º Anular