SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2189/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2189/2012

Fecha: 08-Nov-2012

que inició el proceso disciplinario (7 de octubre de 2008)

Existe voto fundamentado de Ricardo ChumaceroTórrez, Vocal de la Sala Penal Primera (fs. 263 vta.), en sentido de que operó la prescripción, por cuanto desde la denuncia que realizó Natalia CopeticonaVda. de Duran y que inició el proceso disciplinario (7 de octubre de 2008), transcurrieron tres años y ocho meses, siendo que para este tipo de faltas conforme dispone el art. 111 de la LOMPabrg, prescriben a los 12 meses de su comisión. Asimismo, manifestó que correspondía la aplicación de lo dispuesto en el art. 110 de dicho cuerpo legal, sobre restitución de funciones del procesado y el pago de sus haberes devengados