SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 2270/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 2270/2012

Fecha: 09-Nov-2012

denegando

El Juez Tercero de Sentencia Penal del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución 26/2012 de 17 de octubre, cursante de fs. 12 a 14, denegando la tutela solicitada por el accionante con los siguientes fundamentos: i) Del análisis y fundamentos expuestos por ambas partes, se establece que a efectos de que proceda la acción de libertad, en primer lugar no se ha demostrado que la vida de los representados del accionante esté en peligro, o que estén ilegalmente perseguidos, procesados o privados de libertad; ii) Los ciudadanos hindúes al no tener autorización y no haber tramitado visa de objeto determinado en algún Consulado de Bolivia en el exterior y haber retornado a Bolivia en dos oportunidades fueron conducidos a una área de no admitidos o zona internacional donde se puede considerar que no obstante de estar en nuestro país, la competencia de Migración no puede ser ejercitada, por existir otro trámite a realizar al respecto; y, iii) Los representados del accionante no se encuentran en calidad de detenidos, sino que se hallan sujetos a la tramitación que realizan las autoridades pertinentes con la colaboración de la Dirección de Migración, debiendo tomar en cuenta, esta institución, que si los ciudadanos hindúes tienen la documentación correcta y la visa a México y de no haberse observado que la misma sea falsa, deben considerar la posibilidad de que se dé curso al viaje correspondiente, de acuerdo al régimen legal del Decreto Supremo (DS) 24423 de 29 de noviembre de 1996.