SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 2270/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 2270/2012

Fecha: 09-Nov-2012

La visa de Turismo permite una permanencia en territorio nacional de 30 días, prorrogables hasta por dos veces por un plazo igual, por disposición de una Administración Departamental de Migración, no pudiendo su portador ejercer en el territorio nacional actividad remunerada alguna.

Por último se debe tomar en cuenta un aspecto muy importante que debe ser valorado y se refiere a que la retención que sufrieron los representados del accionante, aunque haya estado enmarcada dentro del procedimiento del Régimen Legal de Migración, ha provocado una vulneración de su derecho a la libertad tanto personal como de locomoción y que indirectamente de continuar esa condición de retención indefinida, en el futuro puede incidir en otros derechos fundamentales como son la salud y por ende la vida, en el entendido de que al ser personas de otro tipo de región y clima son personas que posiblemente no están acostumbradas a las temperaturas y grado de altitud en las que se encuentra el Aeropuerto Internacional de El Alto, por lo que en el presente caso al haberse confirmado la vulneración del derecho a la libertad de locomoción de los representados del accionante, se ve necesaria la concesión de la tutela.