SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 2270/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 2270/2012

Fecha: 09-Nov-2012

no discriminación

Es por eso, que es fundamental la observancia de los derechos humanos a esta población, el punto de partida es el principio de la no discriminación, sobre el particular, el art. 2 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que todo ser humano tiene derecho a disfrutar de los derechos y libertades incluidos en la propia Declaración, sin distinción alguna de sexo, raza, color, idioma, religión, opinión política de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Cada uno de los siete tratados fundamentales sobre derechos humanos reproduce este principio de no discriminación.