SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2012

Fecha: 16-Mar-2012

II.1.3.

II.1.3. Respecto al riesgo procesal previsto en el art. 234.8 del CPP, la abogada de la víctima María Dolores Alandia pidió complementación, aclaración y enmienda del Auto Interlocutorio 982/2011, por cuanto -a decir suyo- existiría contra las imputadas Aquino y Rodríguez un proceso por el delito de agio, habiendo el Juez cautelar mantenido firme e incólume la indicada Resolución de cesación de la detención preventiva señalando que la Resolución de detención preventiva no estableció la existencia de una imputación formal sino únicamente el inicio de investigación. En cuyo mérito, en la misma audiencia interpuso apelación (fs. 217 vta.), fundamentando su agravio en dicho riesgo procesal.