SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2012

Fecha: 16-Mar-2012

III.4.2.

Del análisis del Auto de Vista 5/2012 de 10 de enero, que resolvió la apelación formulada por la imputada Erika Rodríguez Velásquez manteniendo subsistente su detención preventiva se tiene que las autoridades judiciales demandadas sujetaron su análisis a los elementos previstos en el art. 239.1 del CPP y en el marco de lo establecido en el art. 398 del CPP, conforme se precisó en la reiterada jurisprudencia constitucional (Fundamento Jurídico III.2), por cuanto resolvieron en apelación los aspectos referidos al art. 234.1 y 8 del CPP, debatidos desde la resolución de detención preventiva respecto a los cuales la defensa tuvo amplia oportunidad de controvertir, resolviendo por ello sobre lo debatido y considerando los aspectos de la apelación aclarándose que la parte adversa en este tipo de apelación en virtud al principio de igualdad y verdad material siguiendo el procedimiento correspondiente podía efectuar alegaciones y aportar prueba que desvirtúe los supuestos de apelación de la accionante.