SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2012
Fecha: 09-Abr-2012
II.5.
II.5. Ante la última solicitud de COSSMIL, la interesada, mediante memorial presentado el 20 de marzo de 2009, hizo constar que la mencionada Corporación incumplió la orden judicial de la Jueza Séptima de Instrucción en lo Civil, pidiendo el rechazo de lo informado por esa institución, además de insistir en que se le imponga las sanciones que prevé la ley. Sin embargo, en el mismo memorial, la ahora accionante, también admitió haber presentado similar solicitud de orden judicial el 5 de octubre de 2007, ante el Juzgado Octavo de Instrucción en lo Civil, para lograr la misma información y documentación, que posteriormente, el año 2008, también pidió ante la Jueza Séptima de Instrucción en lo Civil, argumentando que lo hizo en ejercicio de sus derechos, que le facultan a pedir varias veces los documentos de archivos de COSSMIL, para realizar un sin fin de trámites y acciones ( fs. 105 a 110 vta.).
- ,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegando
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2. El derecho a petición.
- III.3. El principio de seguridad jurídica.
- III.4. El derecho al debido proceso.
- III.5. Con relación al caso concreto.
- denegar
- 2°