SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2012
Fecha: 09-Abr-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia como vulnerados sus derechos a la “seguridad jurídica”, a la petición y al debido proceso; por cuanto al haber logrado que el Juzgado Séptimo de Instrucción del Distrito Judicial de La Paz, ordene judicialmente a COSSMIL, para que emita a su favor certificación y fotocopias legalizadas del irregular registro de una menor como hija de su esposo fallecido, ésta no fue cumplida, por lo cual solicitó nueva conminatoria y sanción de multa a la mencionada Corporación, mereciendo que la Jueza Séptima de Instrucción en lo Civil, pida informe a esa entidad de seguridad social, el que evacuado en sentido de haber cumplido con la orden judicial, la Jueza mencionada, resolvió de manera ilegal dar por concluida la solicitud de orden judicial, decisión que también ilegalmente fue confirmada en apelación por la Jueza Tercera de Partido en lo Civil y Comercial del mismo Distrito Judicial. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de denegar o conceder la tutela solicitada.
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- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegando
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2. El derecho a petición.
- III.3. El principio de seguridad jurídica.
- III.4. El derecho al debido proceso.
- III.5. Con relación al caso concreto.
- denegar
- 2°