SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0108/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0108/2012

Fecha: 27-Abr-2012

II.4.

II.4.  La Jueza Octava de Partido en lo Civil y Comercial, mediante Auto de 24 de mayo de 2010, dio por apersonado al proceso a Javier Fernando Camacho Pinto apoderado legal de Jorge Federico Céspedes Toro, y admitió la contracautela ofrecida por el primero de los citados, consistente en un bien inmueble de su propiedad, departamento en propiedad horizontal ubicado en el piso quinto, signado con el número 503 y la baulera 16, inscritos en DD.RR bajo los Folios Reales 2.01.0.99.0015128 y 2.01.0.99.0015129, respectivamente, ambos ubicados en el edificio Belisario Salinas entre 6 de Agosto y 20 de Octubre, disponiendo el registro de la misma ante la oficina de Derechos Reales; ordenando además, que en la vía de medida precautoria, se notifique al demandado Oscar Rea Condarco para que se abstenga a realizar actos de disposición de las acciones objeto del proceso, así como la notificación a Elizaberth Jannone de Saucedo en su condición de Presidenta del Directorio de la Sociedad Anónima Empresa Inmobiliaria “Casa de Campo” S.A. (fs. 72).