SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0281/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0281/2012

Fecha: 04-Jun-2012

b)

      b) De otra parte, refiere la accionante que de acuerdo a los certificados médicos, de cardiología y forense, su vida se encontraría en peligro a consecuencia de no poder permanecer en un lugar cuya altitud sobrepase los tres mil metros sobre el nivel del mar y requerir una dieta adecuada por padecer de diabetes mellitus tipo II. Al respecto cabe distinguir dos situaciones; por una parte, de la revisión de la documentación aparejada a la presente acción, se constata que Lourdes Soria Guzmán de Vilte, padece de hipertensión arterial, que está siendo tratada con medicamentos anti-hipertensivos; lo que permite afirmar, que dicha dolencia puede ser atendida con tratamiento ambulatorio, a suministrarse conforme prescripción médica, aún cuando la accionante se encuentre detenida preventivamente, conforme sucede en su caso. De otra, la recomendación del médico forense en informe de 24 de febrero de 2012, relativa a que la accionante permanezca en un lugar cuyo nivel de altura sea inferior a los tres mil metros sobre el nivel del mar, resulta contradictoria con la formulada por el médico cardiólogo, que sugirió su traslado a un lugar con una altitud inferior a los tres mil seiscientos metros sobre el nivel del mar, siendo dicha opinión de un especialista en cardiología, corresponde acoger la misma.