Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0363/2012
Fecha: 22-Jun-2012
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela y en consecuencia, se dejen sin efecto el Auto Interlocutorio 82/2011 y el Auto de Vista 115/2011, dictados por la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, debiendo dicha Sala emitir un nuevo fallo considerando lo resuelto en la Sentencia, lo expuesto en los recursos de apelación presentados por los ejecutados y la respuesta presentada por el BCB; así como al dudarse de la imparcialidad del vocal Adolfo Nilo Velasco Albornoz, se convoque a otro vocal para pronunciar un nuevo auto de vista. Con costas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de la Procuraduría General del Estado
- i)
- “improcedente”
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 17
- III.2. Consideraciones previas
- III.3. La motivación de las resoluciones judiciales en segunda instancia
- III.4. En cuanto a los derechos invocados por la accionante como lesionados y su contexto en la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia
- Fragmento 21
- III.5. Análisis del caso concreto
- 2º Disponer