Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0363/2012
Fecha: 22-Jun-2012
II.5.
II.5. Dentro del proceso ejecutivo, la empresa ejecutada interpuso excepciones de impersonería, prescripción y de inhabilidad de título (fs. 291 a 295 vta.); que fueron declaradas improbadas y probada la demanda ejecutiva, por Sentencia de 21 de abril de 2011, ordenando el pago de la suma adeudada, más intereses convenidos y en ejecución de Sentencia proseguirse con los demás trámites de ley hasta el trance y remate de los bienes de los ejecutados, embargados y por embargarse (fs. 311 a 319 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de la Procuraduría General del Estado
- i)
- “improcedente”
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 17
- III.2. Consideraciones previas
- III.3. La motivación de las resoluciones judiciales en segunda instancia
- III.4. En cuanto a los derechos invocados por la accionante como lesionados y su contexto en la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia
- Fragmento 21
- III.5. Análisis del caso concreto
- 2º Disponer