Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0363/2012
Fecha: 22-Jun-2012
II.3.
II.3. El 10 de junio de 2008, el BCB, solicitó ante la Jueza Onceava de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de La Paz, la perención de instancia dentro del proceso ordinario seguido a instancias del ex Banco Potosí S.A. en Liquidación en su contra, ante la inactivación y abandono de la causa por un periodo superior a seis meses (fs. 196); la Jueza mencionada, por Resolución 204/2008 de 11 de ese mes, declaró la perención de instancia del proceso ordinario, disponiendo el archivo de obrados (fs. 197 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de la Procuraduría General del Estado
- i)
- “improcedente”
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 17
- III.2. Consideraciones previas
- III.3. La motivación de las resoluciones judiciales en segunda instancia
- III.4. En cuanto a los derechos invocados por la accionante como lesionados y su contexto en la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia
- Fragmento 21
- III.5. Análisis del caso concreto
- 2º Disponer