SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0527/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0527/2012

Fecha: 09-Jul-2012

denegó

La Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 34 de 12 de marzo de 2010, cursante de fs. 348 a 351, denegó la tutela solicitada, declarando “improcedente el recurso”; sin costas, multas ni responsabilidad, en mérito a los siguientes fundamentos: a) Los ejecutados a tiempo de suscribir el contrato de préstamo con la institución financiera, señalaron su domicilio, para cualesquier emergencia de la obligación adquirida, dirección en la que se procedió a su legal notificación, siendo ilógico que luego de varios años, se apersonen, asuman defensa y pretendan anular el proceso ejecutivo; y, b) Respecto de la actuación del Juez Quinto de Partido en lo Civil y Comercial, el mismo tenía facultades para sustanciar el incidente de nulidad suscitado; sin embargo, a tiempo de resolverse la apelación por el Tribunal ad quem, este último ha aplicado el principio de verdad material, que deja sin sustento legal alguno el fundamento de los “recurrentes”, dando respuesta a los agravios y los reclamos efectuados, lo que acredita la no vulneración de derechos y garantías.