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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0636/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0636/2012

    Fecha: 23-Jul-2012

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    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III.    FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 15
    • III.1. Excepción al principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional, frente a medidas de hecho y requisitos para su procedencia
    • Fragmento 17
    • III.2.1. Derecho a la propiedad privada
    • III.2.2. Sobre la seguridad jurídica
    • III.2.3. La tutela judicial efectiva como garantía constitucional
    • en el principio procesal de verdad material, que abarca la obligación del juzgador, a momento de emitir sus resoluciones, de observar los hechos tal como se presentaron y analizarlos dentro de los acontecimientos en los cuales encuentran explicación o que los generaron; de ello, se infiere que la labor de cumplimiento de este principio, refiere a un análisis de los hechos ocurridos en la realidad, anteponiendo la verdad de los mismos antes que cualquier situación
    • III.4.Análisis del caso concreto
    • y otras personas
    • APROBAR

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