SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0691/2012
Fecha: 02-Ago-2012
Fragmento 4
Daniel Ayala, abogado de Nicolás Cruz Machaca y Johony Guarachi Mamani, ratificó el contenido íntegro de la acción planteada y la amplió, indicando: a) Sus defendidos se encuentran detenidos preventivamente desde el mes de agosto de 2011. En enero de 2012, el representante del Ministerio Público de Sucre, solicitó su detención preventiva, por un robo en esa ciudad, empero, se alegó que por un mismo hecho no pueden existir dos causas, según el principio non bis in ídem; por lo que, el Juez de la indicada ciudad, declinó competencia, procediéndose con la acumulación por conexitud de los sujetos procesales. En ese sentido, obtuvieron su libertad, la que no se efectivizó desde el 24 de abril de 2012, debido a trámites administrativos; b) Resulta que el 9 de mayo del indicado año, se realizó otra audiencia de consideración de medida cautelares en base a la imputación formal que utilizó el Fiscal de Sucre y cuya causa fue acumulada por conexitud, aspecto no considerado por el Juez demandado, como tampoco la inexistencia de peligros procesales dado que anteriormente ya se había dispuesto su libertad; c) La recusación planteada por uno de los co-imputados, debió ser enviada para que otra autoridad judicial resuelva y no el mismo Juez la declare in límine; y, d) Reiteró su petitorio, agregando que en audiencia, el Juez demandado, manifestó que los accionantes son peligrosos, lo que deja entrever su prejuzgamiento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Alcance, finalidad y características de la acción de libertad
- III.2. La imputación formal y los límites de la jurisdicción constitucional
- Fragmento 16
- III.3. Del recurso de apelación incidental en medidas cautelares
- III.4. Subsidiariedad excepcional en acción de libertad
- “Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que; por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con
- III.5. Legitimación pasiva de funcionarios subalternos
- III.6. Análisis del caso concreto
- III.6.1.
- Fragmento 23
- III.6.2.
- III.6.3.
- APROBAR