SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1033/2012
Fecha: 05-Sep-2012
i)
Danny Camacho Pereyra, Jueza Tercera de Instrucción de Familia, a través de informe escrito corriente de fs. 249 a 250 manifestó lo siguiente: i) Dentro del proceso de asistencia familiar presentada por Alison Parada Vaca contra su progenitor Orlando Parada Vaca, pronunció Sentencia 145 y Auto de aclaración y complementación de 21 de noviembre de 2009, dicha Sentencia declaró probada la demanda que está fundamentada en las normas contenidas en la Ley Fundamental y el Código de Familia; ii) El art. 14 del CF, establece que la asistencia familiar también comprende los gastos de educación y los necesarios para que adquiera una profesión u oficio, disposición complementada con los arts. 258 y 264 del CF, referidos a la extensión y contenido de la autoridad de los padres y a la subsistencia de deberes, y el art. 264, señala que esta disposición subsiste después de la mayoría de edad en beneficio de los hijos que no se hallan en situación de ganarse la vida, así como de los que no han adquirido o acabado de adquirir una profesión u oficio, hasta que los adquieran, salvo que en este último caso que haya culpa grave del hijo; iii) La asistencia familiar se cumple en forma de pensión o asignación familiar pagadera por mensualidad vencida y corre a partir de la notificación con la demanda; obligación que se fija de acuerdo a la condición personal de cada uno de los padres y en proporción de quien la pide y los recursos de quien debe darla; iv) En apelación, el demandado no objeta el monto de la asistencia, sino cuestiona el derecho de su hija a percibirla, por lo que no corresponde que el demandado reclame el monto en una acción de amparo constitucional, esta situación debe ser resuelta en apelación o mediante incidente modificatorio planteado en ejecución de la sentencia conforme al art. 73 de la Ley de Abreviación Procesal Civil y Asistencia Familiar (LAPCAF); y, v) Finalmente solicitó se declare improcedente la acción planteada.
- acción de amparo constitucional,
- carecen de exhaustividad
- Inexistencia de congruencia en las resoluciones recurridas
- Las resoluciones recurridas carecen de suficiente motivación
- Las resoluciones recurridas se apartan de los marcos de equidad y razonabilidad en la valoración de las pruebas
- La Sentencia y el Auto de Vista recurridos vulneraron las normas constitucionales
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- a)
- improcedente
- Fragmento 13
- II.4.
- II.8.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Constitución Política del Estado y bloque de constitucionalidad.
- III.2. Sobre la asistencia familiar y el derecho a la educación
- Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales
- Declaración Universal de Derechos Humanos
- legal y jurisprudencial
- III.4.Sobre el debido proceso y el principio de congruencia
- III.5. Análisis del caso concreto
- estudiantes que provengan de alguna Universidad del Sistema Nacional,
- APROBAR