SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1250/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1250/2012

Fecha: 20-Sep-2012

El art. 106.II de la CPE, a la par de reconocer la libertad de expresión, establece el derecho “…a la rectificación y a la réplica…” que en general cuando se refiere a autoridades públicas se constituyen en idóneos para desvirtuar las falsedades o la información incompleta vertida en su contra, ello si se considera que cuentan con acceso a medios de comunicación de forma que a mayor acumulación de poder o poder de decisión de un servidor público mayor es la limitación que acepta a su derecho a la vida privada.

El art. 106.II de la CPE, a la par de reconocer la libertad de expresión, establece el derecho “…a la rectificación y a la réplica…” que en general cuando se refiere a autoridades públicas se constituyen en idóneos para desvirtuar las falsedades o la información incompleta vertida en su contra, ello si se considera que cuentan con acceso a medios de comunicación de forma que a mayor acumulación de poder o poder de decisión de un servidor público mayor es la limitación que acepta a su derecho a la vida privada.