SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1250/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1250/2012

Fecha: 20-Sep-2012

Las autoridades públicas se encuentran en una posición de poder respecto al ciudadano que frente al mismo ante la impotencia de creerse ignorado o afectado en sus derechos puede manifestar su decepción, sentimientos y emociones de diversas maneras -llorando, gritando, protestando, entre otros- expresiones en las cuales puede incurrir en excesos y que deben ser juzgadas en el contexto en el que se profirieron o realizaron y respecto a las cuales las autoridades deben ser más tolerantes, ello porque justamente su trabajo es la solución de los problemas de los ciudadanos, enseñar con ejemplo en los procesos de diálogo democrático que instaure y afrontar la diversidad de los ciudadanos.

Las autoridades públicas se encuentran en una posición de poder respecto al ciudadano que frente al mismo ante la impotencia de creerse ignorado o afectado en sus derechos puede manifestar su decepción, sentimientos y emociones de diversas maneras -llorando, gritando, protestando, entre otros- expresiones en las cuales puede incurrir en excesos y que deben ser juzgadas en el contexto en el que se profirieron o realizaron y respecto a las cuales las autoridades deben ser más tolerantes, ello porque justamente su trabajo es la solución de los problemas de los ciudadanos, enseñar con ejemplo en los procesos de diálogo democrático que instaure y afrontar la diversidad de los ciudadanos.