Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1266/2012
Fecha: 19-Sep-2012
1º APROBAR
1º APROBAR la Resolución 63/2012 de 22 de agosto, cursante de fs. 95 a 98, pronunciada por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y en consecuencia, CONCEDER en parte la tutela solicitada con relación a Virginia Janeth Crespo Ibáñez, Ricardo Chumacero Tórrez y Javier Vargas Arancibia, Vocales y Secretario de Cámara codemandados, respectivamente, de la Sala Penal Primera; y DENEGAR respecto a la codemandada Miryam Aguilar Rodríguez.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- iii)
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la acción de libertad
- oportuna y efectivamente
- celeridad
- El Estado garantiza el derecho al debido proceso
- III.3. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se debe hacer referencia al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, a través del cual lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- 1º APROBAR