SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1266/2012
Fecha: 19-Sep-2012
III.3. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
La doctrina constitucional, a fin de sistematizar los ámbitos de protección de la acción de libertad, identificó su modalidad de traslativa o de pronto despacho, cuya particularidad supone que, la acción de libertad también opera contra acciones u omisiones que vulneren el principio de celeridad procesal, con la condición que, de por medio se comprometa la libertad del encausado. A través de esta tipología de la acción de libertad, se pretende denunciar la mora judicial existente en la administración de justicia y otras vulneraciones del debido proceso, siempre que tenga vinculación con el derecho a la libertad de la persona. Como dice Cesar Landa Arroyo, en su obra Teoría del Derecho Procesal Constitucional: “se busca proteger la libertad o la condición jurídica del status de la libertad de los procesados, afectados por los burócratas judiciales”. En efecto, la acción de libertad traslativa o de pronto despacho, prospera contra la retardación de los actos administrativos o judiciales que inviabilicen la libertad del encausado, tal es el caso de las personas privadas de libertad pese a existir la determinación judicial que disponga su libertad, debido a la falta de la agilidad de los actos, sea de los propios administradores de justicia o sus colaboradores; asimismo, las dilaciones en las programaciones de actos donde se tengan que decidir la libertad de los encausados, como las audiencias de aplicación de medidas cautelares, solicitudes de cesaciones a la detención preventiva. En estos casos, es obligación de los juzgadores obrar con absoluta prontitud, por cuanto se comprometen de por medio uno de los derechos más preciados del ser humano como es la libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- iii)
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la acción de libertad
- oportuna y efectivamente
- celeridad
- El Estado garantiza el derecho al debido proceso
- III.3. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se debe hacer referencia al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, a través del cual lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- 1º APROBAR