Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1266/2012
Fecha: 19-Sep-2012
II.1.
II.1. Por Resolución 34/2012 de 14 de mayo, pronunciada por el Tribunal Séptimo de Sentencia Penal, se rechazó la solicitud de cesación a la detención preventiva de Elöd Toaso; a cuya consecuencia, en virtud del art. 251 del CPP, en el mismo acto procesal, el imputado, a través de su abogado defensor, planteó recurso de apelación incidental contra la referida determinación, peticionando remitir el expediente al tribunal ad quem, en el plazo de veinticuatro horas (fs. 9 a 10 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- iii)
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la acción de libertad
- oportuna y efectivamente
- celeridad
- El Estado garantiza el derecho al debido proceso
- III.3. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se debe hacer referencia al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, a través del cual lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- 1º APROBAR