SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1346/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1346/2012

Fecha: 19-Sep-2012

Fragmento 26

        Siendo que el art. 92.I de la CPE prevé: “Las universidades públicas son autónomas e iguales en jerarquía. La autonomía consiste en la libre administración de sus recursos; el nombramiento de sus autoridades, su personal docente y administrativo; la elaboración y aprobación de sus estatutos, planes de estudio y presupuestos anuales; y la aceptación de legados y donaciones, así como la celebración de contratos, para realizar sus fines y sostener y perfeccionar sus institutos y facultades. Las universidades públicas podrán negociar empréstitos con garantía de sus bienes y recursos, previa aprobación legislativa”; la Universidad Autónoma de Beni “José Ballivián”, por decisión democrática de sus miembros determinó la vigencia de su Estatuto Orgánico que entre otros, señala su régimen laboral, así el art. 65 de la referida normativa legal indica: “Es funcionario (a) administrativo de la Universidad Autónoma de Beni 'José Ballivián', toda servidora o servidor universitario que en virtud de una designación o de un contrato individual de trabajo, presta servicios a la universidad a través de una relación obrero-patronal reconocida por la Constitución Política del Estado y leyes pertinentes, el presente Estatuto y el Reglamento Específico del sistema de Administración de Personal de la U.A.B. 'JB', a cambio de una remuneración económica o sueldo mensual”.