SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1346/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1346/2012

Fecha: 19-Sep-2012

No podrán ser nombrados o designados funcionarios administrativos de la Universidad Autónoma de Beni 'José Ballivián' aquellas personas que tengan parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad entre ellos o con los trabajadores que desempeñan funciones institucionales

        En armonía con la prohibición constitucional prevista en el art. 236.III de la CPE, el art. 68 del citado estatuto, indica: “No podrán ser nombrados o designados funcionarios administrativos de la Universidad Autónoma de Beni 'José Ballivián' aquellas personas que tengan parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad entre ellos o con los trabajadores que desempeñan funciones institucionales.

        Sobre las funcionarias gestantes y progenitores, el art. 69 de su estatuto orgánico establece que “…no podrán ser discriminadas o despedidas por su situación de gestante, garantizándose su inamovilidad laboral cuando se encuentren en ese estado, así como de los progenitores, hasta que la hija o el hijo nacido cumpla un año de edad”.