SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1346/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1346/2012

Fecha: 19-Sep-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Mediante memorandos de 31 de enero de 2011, la autoridad demandada agradeció los servicios de sus mandantes alegando que actuaba en cumplimiento del art. 236.III de la Constitución Política del Estado (CPE), art. 3 de la Ley Financial de la Gestión 2011, los arts. 20 inc. j) y art. 41 de la Ley Financial de la gestión 2010, así como del art. 68 del Estatuto Orgánico de la Universidad Autónoma del Beni “José Ballivian” por encontrarse dentro de las prohibiciones de incompatibilidad en razón del parentesco para el ejercicio de la función pública. Añade, que dichas normas legales no facultan al rector de la universidad a disponer el despido de los trabajadores y que el parentesco no es una causal de despido que esté previsto en el art. 16 de la Ley General del Trabajo (LGT), y art. 9 de su Decreto Reglamentario.

Afirma, que recurrieron a la Jefatura Departamental del Trabajo de Beni para solicitar su reincorporación laboral, que conminó a la autoridad demandada, mediante Resolución Administrativa (RA) 002/2011 de 11 de febrero, para que proceda a la reincorporación de sus representados; pero, fue incumplida.