SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1427/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1427/2012

Fecha: 24-Sep-2012

Fragmento 27

           Es preciso referirnos a la SCP 0107/2012 de 23 de abril, que establece la legitimación pasiva de los actuales magistrados y magistradas del Tribunal Supremo de Justicia en la acción de amparo constitucional; pues, con el fin de adecuarse al nuevo orden constitucional asumido en Bolivia y con el antecedente de que se procedió a la elección de nuevas autoridades tanto del Tribunal Supremo de Justicia, el Consejo de la Magistratura, el Tribunal Agroambiental y Tribunal Constitucional Plurinacional y en vista de no poder desconocer la causas que existen con anterioridad a la fecha de posesión, refieren que: “…de acuerdo con una interpretación coherente con el espíritu de la Ley de Transición para el Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental, Consejo de la Magistratura y Tribunal Constitucional Plurinacional, cualquier trámite que esté circunscrito a resolver aspectos relacionados con las causas ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011, deben ser conocidas y resueltas por los magistrados suplentes, quienes tienen competencia reconocida por Ley, resultando legalmente impropio que cualquier trámite emergente de una causa anterior y que corresponda al periodo de liquidación, sea de conocimiento de las autoridades titulares”.