SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1427/2012
Fecha: 24-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El representante de la comunidad accionante alega la vulneración de la garantía del debido proceso, los principios de seguridad jurídica, proporcionalidad, razonabilidad, justicia material, imparcialidad, igualdad de las partes ante el juez y legalidad, ya que sin observar la falta de control jurisdiccional dentro de la demanda contencioso administrativa, la Sala Primera del Tribunal Agrario Nacional emitió el Auto Definitivo 58/2011 de 20 de noviembre, que dispuso la perención de instancia y archivo del expediente por supuesto abandono por más de seis meses, pues con dicha actuación sostienen que se ha vulnerado los intereses colectivos de la Comunidad “Río Negro”, ya que previamente no se ha tomado en cuenta la mala praxis en la notificación con la orden instruida 38/2010-B de 4 de junio y el plazo en el que se produjeron los mencionados actuados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- -
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcance de la acción de amparo constitucional
- …su naturaleza emana de la necesidad de otorgar una protección inmediata y eficaz a los derechos y garantías que han sido lesionados
- ningún acto procesal puede pretender que el órgano jurisdiccional esté a su disposición en forma indefinida, sino que sólo podrá estarlo dentro de un tiempo razonable
- el principio de preclusión de los derechos para accionar
- podrá interponerse en el plazo máximo de
- Fragmento 24
- III.3. El trámite y los efectos de la perención de instancia
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 27
- III.4.1. Con relación a la legitimación pasiva que sustentan que no tienen las autoridades demandadas del Tribunal Agroambiental
- III.4.2. A cerca de la denuncia de irregularidades en el diligenciamiento de la orden instruida 38/2010-B
- informe
- III.4.3. En cuanto al Auto Definitivo Interlocutorio 58/2011 de 22 de noviembre, emitido por el extinto Tribunal Agrario Nacional
- CONFIRMAR