SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1554/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1554/2012

Fecha: 24-Sep-2012

III.2.2. Del principio de legalidad

Es menester referirnos que conforme a la naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional, la misma tiene la delicada tarea de salvaguardar derechos y garantías constitucionales, mas no así principios; sin embargo, muchos de ellos al estar reconocidos por nuestra Ley Fundamental, admiten su consideración de manera conjunta a los derechos que se alega como vulnerados.

Sobre el principio de legalidad objeto de análisis del presente acápite, la SCP 0549/2012 de 9 de julio, ha determinado lo siguiente: Se ha establecido que el principio de legalidad como pilar del Estado de Derecho y el principio de sometimiento de los poderes al orden constitucional y las leyes, es una manifestación del principio general de imperio de la ley, según el cual todos (gobernantes y gobernados), se encuentran sujetos a la ley y únicamente en virtud de ella adquieren legitimidad sus actuaciones (principio de legalidad).

Conforme a esto, en el marco de nuestra Constitución, como en las otras de esta órbita de cultura, el principio de legalidad se constituye en el pilar básico del Estado de Derecho y soporte del principio de seguridad jurídica, viene a sustituir el gobierno de los hombres por el gobierno de la ley, es por tanto, un principio informador de todo el ordenamiento jurídico de la nación”.