SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1554/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1554/2012

Fecha: 24-Sep-2012

III.6. Análisis del caso concreto

En el caso en examen, el accionante por sus representados refiere que, la autoridad demandada a tiempo de pronunciar el Auto de Vista 20/2010, vulneró el derecho al debido proceso, por cuanto dicha determinación judicial carece de motivación y fundamentación jurídica, sumado al hecho de haber permitido que la presentación de un incidente de nulidad en el proceso de desalojo, suspenda el plazo para apelar el fallo, olvidando que toda cuestión accesoria distinta a la causa principal, debe tramitarse en la vía incidental, sin suspender el desarrollo del proceso principal.

De lo expuesto en la acción de amparo constitucional, así como del análisis de los antecedentes adjuntos, se tiene que el hecho lesivo denunciado y que vulneraria los derechos de Carmela, Osvaldo, Eloina, Marina y Norah, todos Venegas Salinas, viene a constituirse en el Auto de Vista tantas veces citado, el cual fue dictado como emergencia del recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la demandada, contra el Auto de ejecutoria del fallo de 17 de mayo de 2010, dentro del proceso de desalojo.

Identificada la pretensión constitucional de los accionantes, así como el hecho lesivo que generó la presente acción de amparo constitucional, con la finalidad de tener un mejor entendimiento de la problemática planteada, se realiza el estudio de análisis del caso, en tres apartados atendiendo a los Fundamentos Jurídicos desarrollados, así tenemos lo siguiente: