SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2013

Fecha: 03-Ene-2013

II.3.

II.3.  Mediante nota 6742/2010 de 22 de diciembre, el Jefe de prestaciones de la BBVA Previsión AFP S.A., dio a conocer al accionante que su solicitud de pensión de invalidez fue rechazada por no cumplir con lo previsto en el inc. d) del art. 8 de la Ley 1732 (fs. 16). Rechazo que fue reiterado por nota 188/2011 de 16 de diciembre, por la que además solicitaron al accionante proporcionar copias de cualquier documento que acredite los salarios de los meses comprendidos entre octubre 2005 a octubre 2010, para proceder al cálculo del capital necesario y posterior notificación a sus empleadores y que en caso de que los mismos no paguen el capital necesario, se procederá al cobro judicial mediante un proceso ejecutivo social conforme prevé el art. 23 de la Ley 1732 (fs. 19).