SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2013

Fecha: 03-Ene-2013

II.7.

II.7.  El 26 de septiembre de 2011, la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS) mediante nota 3649/2011 indicó que al verificar el estado de ahorro previsional del accionante se constató que el accionante no cumple con lo previsto por el inc. d) del art. 8 de la Ley 1732, por mora del empleador, de cobertura que generó que la AFP no pueda pagar la pensión de invalidez hasta que el empleador o empleadores en mora paguen el total del recargo ya que con este se financiaran las Pensiones (fs. 29 a 30).