SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1236/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1236/2013-L

Fecha: 10-Oct-2013

II.1.

II.1.  Dentro del concluido proceso de divorcio seguido por Marliza Valentina Chávez Zeballos contra el accionante, éste último mediante escrito de 27 de octubre de 2009, solicitó a la Jueza Tercera de Partido de Familia declare la irrenunciabilidad de los bienes gananciales, “…por consiguiente declare también a la PANADERIA JOSESANA como bien común…” (sic), indicando: a) La regla manda que la comunidad de gananciales se constituye a partir de la celebración del matrimonio, lo que significa que todo lo ganado y comprado durante ese periodo pertenece al marido y la mujer; b) Los bienes gananciales están sujetos a protección mediante medidas precautorias con la única finalidad de conseguir una sana administración de los activos y pasivos de la comunidad de gananciales; c) Lo que pretende es una división justa de acuerdo al art. 102 del CF; y, d) En el caso presente, el bien ganancial fue administrado por una sola parte -su ex esposa-. En base a ello, pide conminar a Marliza Valentina Chávez Zeballos a que presente “…desde la gestión 2006 hasta la fecha la administración de la panadería JOSESANA” (sic); se practique pericia de todos los ingresos y egresos obtenidos desde el 2006, proponiendo como perito a Hernán “Flórez” Nauro; y, se nombre interventor judicial con el propósito de contar con una correcta y saneada administración de la citada industria de pan (fs. 2 a 3); que mereció la providencia de 28 de octubre de ese año que dispuso correrla en traslado (fs. 3 vta.).